Victor Ortiz Hernández, socio fundador de RPV Abogados y director del Departamento de Derecho Bancario del despacho, analiza en una entrevista para la prestigiosa publicación jurídica las consecuencias de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre operaciones bancarias no autorizadas.

La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de octubre de 2026 sigue generando un importante debate jurídico sobre la responsabilidad de las entidades financieras ante los fraudes bancarios. Con motivo de esta resolución, Economist & Jurist ha publicado una entrevista a Victor Ortiz Hernández, socio fundador de RPV Abogados y director de nuestro Departamento de Derecho Bancario, en la que analizamos las principales consecuencias de esta nueva doctrina europea para las víctimas de phishing y otras modalidades de fraude financiero.

Puedes leer la entrevista completa en Economist & Jurist:

Víctor Ortiz Hernández, socio fundador de RPV Abogados: «No podemos considerar automáticamente negligente a una persona por haber sido engañada»

«No podemos considerar automáticamente negligente a una persona por haber sido engañada»

Con esta afirmación, destacada en el titular de la entrevista, resumimos una de las cuestiones que consideramos fundamentales en la defensa de los usuarios bancarios. Los delincuentes utilizan técnicas de suplantación cada vez más sofisticadas, capaces de reproducir comunicaciones, páginas web y números telefónicos de las propias entidades financieras. Haber sido víctima de uno de estos engaños no significa necesariamente haber actuado con negligencia grave, una circunstancia que, en cualquier caso, debe ser acreditada por la entidad bancaria.

A lo largo de la entrevista abordamos también la principal consecuencia de la sentencia del TJUE: la obligación de los bancos de devolver inicialmente el dinero sustraído mediante operaciones no autorizadas, sin que puedan justificar su negativa alegando simplemente una supuesta negligencia del cliente. Una interpretación que refuerza significativamente la protección de los usuarios, aunque no elimina la posibilidad de que las entidades reclamen posteriormente si consiguen demostrar la existencia de negligencia grave.

Otro de los aspectos que hemos querido destacar es nuestra experiencia reciente en los tribunales. Desde la publicación de la sentencia hemos intervenido en distintos procedimientos judiciales relacionados con fraudes bancarios y, por el momento, no hemos apreciado cambios significativos en las posiciones procesales de las entidades financieras. Una situación que demuestra que todavía queda camino por recorrer para que esta doctrina europea tenga el reflejo práctico que merece.

Desde RPV Abogados queremos agradecer a Economist & Jurist y a su equipo editorial el interés mostrado por nuestra opinión y la oportunidad de participar en este análisis sobre una cuestión que afecta a un número creciente de particulares y empresas. Seguiremos defendiendo la necesidad de una interpretación rigurosa de la normativa bancaria que garantice una protección efectiva de los usuarios frente al fraude financiero.

Para quienes hayan sufrido operaciones bancarias no autorizadas, nuestro equipo de abogados de Derecho Bancario en Madrid puede analizar las circunstancias del fraude, la documentación disponible y las posibles vías de reclamación frente a la entidad financiera.

Víctor Ortiz

Víctor Ortiz Hernández

Abogado

Socio en RPV Abogados

Director del Departamento de Derecho Bancario

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