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Rpv Abogados consigue nueva resolución ante la audiencia provincial de Madrid en materia de divorcio

En esta ocasión, es la Audiencia Provincial de Madrid (SENTENCIA Nº 23/2021) quien tras el recurso presentado por RPV Abogados bajo la dirección de nuestro Socio, Alfredo Reigosa García, resuelve dándonos la razón en un asunto tan delicado como es cuando uno de los cónyuges se lleva dinero de las cuentas comunes antes de divorciarse.

En el caso que nos ocupa, el que sería nuestro cliente, vio con impotencia como en primera instancia, el juzgado daba por válido que su ex mujer se hubiese llevado el dinero de la cuenta común bajo la excusa de usarlo para pagar unas obras y hacer una donación en favor de sus hijos, no teniendo luego que devolverlo.

Es entonces que le aconsejamos a nuestro cliente recurrir la sentencia inicial y al hacerlo, la Audiencia Provincial de Madrid nos dio la razón porque como le hicimos saber a los Magistrados de la Sala, en contra de la decisión del juez de primera instancia, la parte que ha de soportar la carga de la prueba sobre el destino del dinero retirado, ha de ser siempre el cónyuge que se llevó dinero por ser precisamente la parte que cuento con mayor facilidad para aportar pruebas sobre cómo fue la transferencia que él hizo y a dónde la destinó, de tal forma que en nuestro caso, la parte contraria es la que tenía que demostrar que las obras existieron, que éstas se pagaron con el dinero transferido así como la donación que se hizo a los hijos y, naturalmente, no pudo hacerlo.

Así pues, al no poder probarlo, esto supuso que efectivamente su ex mujer, se benefició exclusivamente de ese dinero o como mínimo, que hizo una desviación del patrimonio común para fines ignorados (con el componente de deslealtad que eso conlleva) lo que se traduce en que ella es deudora de esas cantidades y, en consecuencia, que exista un crédito a favor de la sociedad de gananciales que legitima a nuestro cliente (el cónyuge que no realizó el acto de disposición) a pedir la devolución del dinero que se llevó.

Por tanto, en ocasiones, no siempre los juzgados tienen la razón cuando dictan en primera instancia sus sentencias, siendo por ello necesario contar con el asesoramiento de un profesional especializado que sea capaz de asesorar sobre la viabilidad de recurrir, pues siendo así, lo que inicialmente perdió el cliente en primera instancia, luego puede ganarlo y con creces.

Alfredo Reigosa García.

Resp. Dept. de Derecho Civil en RPV Abogados.

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