Cuando la duda razona, el derecho responde: sobreseimiento en un caso de estafa digital
RPV Abogados · Derecho Penal
No todos los días se cierra una causa penal con la satisfacción de haber demostrado la inocencia de un investigado frente a una acusación de estafa tecnológica. El reciente auto de sobreseimiento provisional y archivo dictado por el Juzgado de Instrucción n.º 5 de Coslada, en el marco de unas diligencias por cargos no autorizados en una cuenta bancaria a través de Google Pay, nos deja varias reflexiones que merecen ser compartidas.
EL RETO: UNA IMPUTACIÓN POR ESTAFA BASADA EN INDICIOS DIGITALES
Nuestro representado fue inicialmente vinculado a unos cargos bancarios irregulares a través de Google Pay. La denuncia, basada en aparentes coincidencias, no resistió el análisis técnico ni la práctica de diligencias. La instrucción confirmó que no existía conexión ni funcional ni material con los hechos, y que un tercero, perfectamente identificado, utilizó sus datos para desviar la investigación.
EL DESENLACE: AUSENCIA DE AUTORÍA Y ACTIVACIÓN DEL PRINCIPIO *IN DUBIO PRO REO*
La resolución judicial reconoce que no ha quedado acreditada la participación de nuestro representado en los hechos investigados, subrayando que ni la documentación bancaria ni los informes técnicos de Google ni el resto de pruebas apuntan de forma concluyente a su autoría.
La ausencia de nexo causal, la falta de dominio del hecho y el desconocimiento absoluto de los elementos técnicos fueron determinantes para que el Juzgado acordara el sobreseimiento provisional, aplicando correctamente el principio in dubio pro reo, consagrado jurisprudencialmente como garantía de inocencia ante la duda razonable.
Detrás de este resultado hay horas de análisis de documentación, colaboración estrecha con nuestro representado y, sobre todo, una estrategia jurídica construida desde la lógica penal más pura: la que exige que se pruebe la culpabilidad más allá de toda duda razonable.
Este caso nos reafirma en una convicción: la presunción de inocencia no es un formalismo, sino el eje sobre el que se construye un Estado de Derecho. Defenderla con firmeza, incluso cuando los indicios parecen señalar en una dirección errónea, es una de las razones por las que ejercemos la abogacía.

Pablo Romero Albarrán
Abogado
Socio en RPV Abogados
Director del departamento Laboral y Administrativo RPV Abogados.
